BUENOS AIRES 23 Ago. (Mario Poliak) -
Con la publicación en el Boletín Oficial del decreto reglamentario, entró en vigencia el nuevo Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), aprobado en el marco de la Ley Bases.
El RIGI es el programa con el que el Gobierno intenta atraer inversiones extranjeras, que gozarán de mayores beneficios que las que ya están instaladas en el país.
La llegada del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, fue clave para que se avanzara en este decreto, así como en otros sobre la mencionada legislación, como las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), el blanqueo de capitales y las reformas en los contratos de obra pública.
El decreto del RIGI tiene el N°749/24 y lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Caputo.
En él se especifican los beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios para las empresas que inviertan en el país, muy superiores a las que había hasta ahora y que son duramente cuestionados por un sector de la oposición.
Se establece que los beneficiarios serán principalmente los vehículos de proyecto único (VPU), que cumplan con los requisitos para ser considerados como Gran Inversión, definida por un monto no menor a los 200 millones de dólares, con un desembolso mínimo de 40% del capital en los dos primeros años y un plan de repago a largo plazo.
Dichos planes deberán destinarse a los sectores de foresto-industria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo o gas.
Entre los incentivos tributarios, estos incluyen la reducción de la alícuota al Impuesto a las Ganancias (IVA) al 25%; la amortización acelerada de las inversiones, una mayor flexibilidad en la deducción de quebrantos y una reducción temporaria del impuesto a los dividendos.
Otro tipo de beneficios serán los aduaneros, como por ejemplo que las importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes, componentes e insumos tendrán una exención de derechos de importación, tasa de estadística y de cualquier régimen de recaudación tributaria.
En ese orden, se establece una exención absoluta de derechos de exportación para las ventas realizadas después del tercer año de la inscripción al RIGI.
En los considerandos del decreto, el Gobierno explicó que el país "tiene un destacado potencial productivo y exportador, el cual, en atención a las deficientes políticas implementadas a lo largo de las últimas décadas, no se ha desarrollado por completo".
"El RIGI permitirá que nuestro país asuma nuevamente la condición de proveedor mundial de bienes y servicios en condiciones de calidad y competencia y, a través de ello, contribuir a la prosperidad y el progreso de la Nación", se argumentó.
Sin embargo, se aclaró que para "que sean efectivos" los beneficios que otorga el RIGI, "los incentivos deben instrumentarse evitando alterar el funcionamiento eficiente de los mercados, o introducir distorsiones e ineficiencias que perjudiquen la libre competencia y el bienestar económico general".
"En el contexto actual, los incentivos otorgados en el marco del RIGI coadyuvarán a que la recuperación económica sea más rápida, sostenible y duradera", destacó el decreto.